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Nueva Ley Jacinta endurece requisitos de salud para conductores en Chile

  • Martes 10 de febrero de 2026
  • 11:35 hrs

La normativa, aprobada por unanimidad en el Congreso, exige una declaración jurada sobre condiciones de salud y establece sanciones más severas en caso de omisiones.

La entrega y renovación de licencias de conducir en Chile enfrentará cambios significativos tras la aprobación de la llamada Ley Jacinta, normativa que busca reforzar los controles sobre la aptitud física y psíquica de quienes manejan vehículos motorizados.

La iniciativa, despachada por unanimidad el pasado 16 de diciembre y contenida en la Ley N° 21.797, modifica la Ley de Tránsito (N° 18.290) e introduce como obligación la presentación de una declaración jurada al momento de solicitar o renovar la licencia. En este documento, los conductores deberán acreditar que no padecen enfermedades inhabilitantes o restrictivas que puedan afectar una conducción segura.

Según consigna Diario Financiero, el incumplimiento de esta exigencia tendrá consecuencias severas. Si una persona omite o falsea información sobre su estado de salud y posteriormente se ve involucrada en un siniestro vial, no solo arriesgará una infracción grave, sino también la cancelación definitiva de su licencia de conducir.

La ley surge tras el caso de Jacinta, una lactante de cinco meses que falleció atropellada en 2022 en la comuna de Lo Barnechea, mientras era paseada en coche por sus padres. El vehículo era conducido por un hombre de 80 años que perdió el control, y las investigaciones posteriores establecieron que padecía una enfermedad que afectaba su capacidad para conducir.

Durante la tramitación del proyecto, el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, explicó que la normativa obligará a modificar los procedimientos municipales de evaluación de la “idoneidad física y psíquica” de los postulantes. Estos criterios serán definidos mediante un reglamento.

El Ministerio de Transportes tendrá un plazo de 12 meses desde la publicación de la ley en el Diario Oficial, es decir, hasta febrero de 2027, para presentar dicho reglamento, el que deberá ser elaborado en conjunto y contar con la firma del Ministerio de Salud. En él se precisarán las patologías consideradas inhabilitantes o restrictivas para conducir.

La Ley Jacinta también incorpora cambios en el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), duplicando los montos de indemnización en casos de muerte o incapacidad permanente total o parcial producto de un siniestro vial.

Debido a esta modificación, las aseguradoras suspendieron temporalmente la venta del SOAP, a la espera de que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deposite la nueva póliza en el Depósito de Pólizas y esta sea publicada en el Diario Oficial.