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Nuevo instructivo: Carabineros modificará su acción durante fiscalizaciones en pandemia

  • Martes 11 de mayo de 2021
  • 09:27 hrs

Carabineros deberá proceder como el nuevo instructivo lo indica.

Carabineros deberá modificar su acción durante las fiscalizaciones en pandemia debido a un nuevo instructivo respecto al artículo 318 del Código Penal, que se relaciona con las infracciones a la salud pública.

Según el texto de Fiscalía, al que tuvo acceso Meganoticias, se “instruye que a nivel nacional los infractores del artículo 318 no será competencia del Ministerio Público”.

Este documento establece el procedimiento a seguir por parte de Carabineros sobre cuándo deben detener a una persona y cuándo están imposibilitados de hacerlo.

Cuando Carabineros estén en procedimiento deberán:

  1. Fiscalizar en el lugar y recopilar la mayor cantidad de información para realizar un sumario sanitario.
  2. Hacer presente en el sumario sanitario la cantidad de reincidencia que mantenga el fiscalizado.
  3. No proceder a la detención.
  4. Remitir un oficio a la seremi de Saud correspondiente con los antecedentes del caso.

Podrán detener a los fiscalizados en las siguientes instancias:

  1. Real riesgo a la salud pública.
  2. Fiestas clandestinas.
  3. Aglomeraciones de personas.

Permisos falsos

No constituye un delito.

La corte de apelaciones de Valparaíso señaló que el documento no posee una firma electrónica, por lo tanto no se trataría de un instrumento público.